San Salvador — La legislación laboral salvadoreña es clara: cuando las temperaturas superan los umbrales de riesgo, los empleadores deben proporcionar sombra, agua potable, pausas obligatorias y zonas de descanso. El Código de Trabajo lo establece con precisión quirúrgica. Lo que la ley no establece, según ha descubierto la prensa, es quién se encarga de verificar que alguien cumpla. “Esa parte quedó en borrador”, admitió un funcionario del Ministerio de Trabajo que pidió anonimato porque todavía le queda empleo.
Recomendaciones celestiales. Ante la ola de calor que ha superado los 40°C en varias zonas del país, el Ministerio de Trabajo convocó una conferencia de prensa para emitir sus “recomendaciones”. El portavoz institucional, Mario Adalberto Portillo, leyó un comunicado en el que sugería a los trabajadores “mantenerse hidratados, buscar sombra cuando sea posible y vestir colores claros”. Consultado sobre qué ocurre cuando el empleador no proporciona nada de eso, Portillo respondió: “La ley está ahí. Está publicada en el Diario Oficial. Si el sol no la lee, no es culpa nuestra”. Luego añadió que “la fe también hidrata”.
Inspectores fantasma. El Salvador cuenta con 42 inspectores de trabajo para vigilar más de 800.000 empresas. De esos, 12 están en funciones administrativas y 8 permanecen en “capacitación continua” desde 2024. La doctora Sandra Echeverría, investigadora de la UCA, explicó que la ratio ideal es de un inspector por cada 10.000 trabajadores: “Aquí tenemos uno por cada 19.000, y la mitad no sale de la oficina. Es como tener un semáforo sin luces: existe, pero nadie lo ve”.
El costo de la sombra. En la construcción del nuevo boulevard de Santa Tecla, albañiles trabajaban al mediodía sin sombra, sin agua potable y con un único descanso de 15 minutos en nueve horas. Uno de ellos, identificado como “don Chamba”, respondió: “Tenemos derecho a quejarnos. Y después tenemos derecho a que no nos vuelvan a contratar”. Su compañero agregó: “El año pasado llamamos al Ministerio. Vinieron, tomaron fotos. Nunca volvieron. Pero las fotos quedaron muy bonitas”.
Las multas que no muerden. La ley contempla multas de hasta 50 salarios mínimos por incumplir las medidas de protección térmica. En 2025 se emitieron apenas tres sanciones, todas apeladas con éxito. “La infracción existe en el papel, pero el papel no tiene dientes”, concluyó la doctora Echeverría. El Ministerio anunció un nuevo decreto que “refuerza las recomendaciones” y “exhorta la buena voluntad empresarial”. Portillo cerró la conferencia: “La protección del trabajador es tarea de todos. Pero principalmente del propio trabajador”.